martes, 31 de mayo de 2016

LEGALIZACIÓN

SOCIEDAD LIMITADA

Las sociedades limitadas denominadas en el Código de Comercio colombiano como sociedades de responsabilidad limitada, son un tipo de unión mercantil en la que como bien lo dice su nombre, la responsabilidad de los socios está limitada hasta el monto del capital que cada uno aportó al momento de constituir la compañía; 
esta condición lo que quiere decir es que si en algún caso eventual, la empresa no puede pagar con sus propios medios las deudas adquiridas, el único patrimonio de los socios que se verá comprometido será el correspondiente a sus aportes, pero en ningún momento deberán usar su patrimonio personal para cubrir las deudas de la empresa.


CARACTERÍSTICAS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

Cantidad de socios: Mínimo 2 y máximo 25 socios.
El Código de Comercio estableció en el artículo 356 que el número máximo de socios de una sociedad limitada será 25; sin embargo no dijo específicamente el número mínimo de socios; por lo cual, de la interpretación de la norma, valiéndose de que todo el título V “de la sociedad de responsabilidad limitada” se refiere a “los socios” puede deducirse que no será válida una sociedad anónima de un solo socio, sino de mínimo 2 de ellos.
Denominación o razón social: Deberá ser diferente de otros entes, por lo que su denominación o razón social deberá ser única y estará seguida de la palabra “limitada” o de su abreviatura “Ltda”; en el caso en que estas últimas palabras no aparezcan en los estatutos, los socios serán responsables solidaria e ilimitadamente por las obligaciones de la sociedad. (Artículo 357 del Código de Comercio)
Responsabilidad de los socios: Hasta el límite de sus aportes. Puede ser más cuando haya sido previamente establecido en los estatutos de la compañía, pero nunca podrá ser menos (Artículo 353 del Código de Comercio). (Esta condición no aplica para efectos fiscales. Artículo 794 E.T.)
Capital Social: El capital social estará compuesto por cuotas parte de igual valor que resultarán del capital aportado y pagado íntegramente al momento de la constitución de la sociedad. (Artículo 354 del Código de Comercio)
Decisiones: Cada socio tendrá tantos votos como cuotas partes posea, y las decisiones se tomarán con el respaldo de la mitad más uno de las cuotas partes en que se encuentre dividido el capital de la sociedad (Artículo 359 del Código de Comercio)

 REQUISITOS PARA CONSTITUIR LA CLÍNICA VETERINARIA

  • ·  Local habilitado: cuando se va a alquilar el locar, debe especificarse que será para una veterinaria, ya que la infraestructura tendrá que disponer de ciertos servicios como ser un lugar amplio, que no esté a la vista del público, en dónde se bañará y cortará el pelo de los perros. También tendrá que tener espacio para el quirófano.
  • · Instrumentos: los instrumentos, tanto de estética como ser cortadoras de pelo y secadoras, como los quirúrgicos, son muy específicos y deben ser comprados en el lugar indicado que se dedique a fabricarlos o comercializarlos. Las compras deberá hacerlas el profesional, es decir el veterinario, quién será en definitiva quien los va a utilizar y conoce las ventajas y desventajas de cada marca.
  • ·  Mobiliario: se necesitarán jaulas de plástico y de metal para tener a los animales que han sido operados y a aquellos que sólo han acudido por una sesión de estética, pero que sus dueños han aprovechado para hacer alguna diligencia mientras tanto.
  • ·   Insumos: siempre deberán estar disponibles y se tendrá un estricto control de stock de anestesia, desinfectantes, antiparasitarios, anti pulgas, garrapaticida, shampoo y otros medicamentos específicos para ojos, estómago, etc.
  • · Habilitaciones: al ser un centro de salud y de ventas también, se necesitarán habilitaciones para ambas. De modo que tendrán que ser solicitadas en los organismos correspondientes.
  • · Licencia: Nadie puede poner un centro médico si no existe un medico titulado, lo mismo ocurre con las clínicas o centro de animales, necesita obligatoriamente uno, si no tiene un veterinario titulado podemos correr el riesgo de recibir una multa o el cierre del negocio, aunque lo que mas no debe preocupar es cometer algún error con algún animal que fue llevado al veterinario. no hace falta tener 3 o 4 veterinarios, solo con tener uno para empezar esta bien, también podemos vender productos para las mascotas sin que este el veterinario, pero recuerda debemos necesitar 


SOLICITUD DE LICENCIA VETERINARIA

Para tal efecto, debe contar con la siguiente documentación: Solicitud por escrito con duplicado, donde describirá: nombre y dirección del propietario o representante legal; ubicación del centro o consultorio veterinario; características del establecimiento (número de habitantes, baños, etc.) y actividad que desarrollará. Esta solicitud irá acompañada de un registro de la Cámara y Comercio y una copia de los planos del consultorio o centro veterinario.

Así mismo, hay ciertos requisitos técnico-laborales que cumplir: El centro veterinario debe acreditar a cada uno de los médicos que laboran allí. Identificar el área de hospitalización y dotación. Realizar un inventario técnico-científico y de los equipos. Contar con los elementos de protección para los trabajadores (vestuario, instrumentos, etc). Llevar un registro cronológico de los animales que mueren. Para solicitar licencias sanitarias de funcionamiento en clínicas, deberá adjuntarse el concepto por parte de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado, sobre el despojo de aguas negras. Posteriormente, funcionarios de la SDS efectuarán una visita para comprobar el funcionamiento del establecimiento. La licencia sanitaria de funcionamiento para clínicas, centros y consultorios veterinarios se expide con vigencia de cinco años. La renovación se debe hacer con sesenta días de anterioridad al vencimiento.


jueves, 12 de mayo de 2016

REQUERIMIENTO DE PERSONAL




SALARIO
SEGURIDAD SOCIAL
PRESTACIONES SOCIALES
TOTAL MENSUAL INDIVIDUAL
Aseadora
1
689.454
220.184
150.531
1.060.169
Médico Veterinario
4
750.000
239.520
163.750
1.153.270
Auxiliar veterinario
4
689.454
220.184
150.531
1.060.169






NOTA: Los salarios son mensuales y en el cuadro están especificados individualmente.

MATERIAL
CANTIDAD
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL
Fonendoscopios Veterinarios
4
199.999
799.996

Mesas Quirúrgicas
4
550.000
2.200.000
Termómetros
4
59.900
239.600
Lámpara de diagnóstico
4
9.000
36.000
Set de suturas desechables
4
45.836
183.344
Básculas veterinarias
2
94.900
189.800
Mesas de aseo
2
535.663
1.071.326
Lavamanos veterinaria
2
1.332.511
2.665.022
Jaulas veterinarias
10
150.000
1.500.000
Ecógrafos de veterinaria
1
10.500.000
10.500.000
Sistema de vigilancia
1
832.000
832.000
Escritorio para computador
1
79.900
79.900
Computador
1
1.069.000
1.069.000
Contenedores de residuos y objetos
2
26.000
52.000